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“¡El que no vota no come!” por Sadcidi Zerpa de Hurtado

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Sadcidi Zerpa de Hurtado



Pensando sobre diversos acontecimientos que mis oídos oyen y mis ojos ven, quise descubrir que puede ocasionar la tortura por discriminación. Indagué y encontré. La dolorosa tortura por discriminación tiene muchos nombres. Control social, represión estatal, dolor físico, sufrimiento psíquico, degrado en el trato humano, penas crueles, delitos contra la vida, delitos contra la dignidad, delitos contra la integridad moral, impunidad, bullying, mobbing, blockbusting, colofón, problema de doble moral.


También encontré, en la convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes publicado en 1984, en su artículo 1, párrafo 1 una amplia definición que dice “[S]e entenderá por el término tortura todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia”.


Tanto los sinónimos como la definición, destaca un mecanismo de control social y represión estatal. Históricamente los romanos, los griegos, los egipcios y los aztecas usaron este mecanismo de control. También en todas las naciones donde existen dictaduras basados en la prerrogativa de Seguridad Nacional y Soberanía y Autodeterminación, han evidenciado este mecanismo que va en contra de la protección a la vida y la dignidad humana.


Pero es un delito contra la vida no comer. La alimentación es un derecho humano fundamental reconocido en la legislación internacional porque está relacionado con la dignidad humana. Que además es producto de la producción propia o de la adquisición. Es extraño escuchar frases como el que no vota no come. Porque las personas comen porque producen su propia tierra, utilizan su propia agua y siembras sus propias semillas. También comen porque pueden comprar sus alimentos, porque el trabajo les da sustento para vivir con una base de ingreso adecuada. Es así como los ciudadanos pueden realizar su derecho a la alimentación sin inconveniente alguno.


Tal como lo reconoció el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el DESC, cuando expreso: “el derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea solo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a una alimentación adecuada o a medios para obtenerla”. Porque el derecho a la alimentación, se define como derecho a tener acceso, de manera regular, permanente y libre, mediante compra por dinero, a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que no corresponda a las tradiciones culturales de la población a la que pertenece el consumidor y garantice una vida psíquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y digna.  


Entonces, “el que no vota no come” representa un delito contra la dignidad, y también una tortura psicológica, ya que quien declama estas palabras castiga, acosa moralmente, causa sufrimiento, causa dolor, porque intimida y discrimina directamente a la víctima y su cuerpo físico y mental. No hay coacción física, pero si coacción represiva producto de la amenaza. Y de regreso a la pregunta de las 64 mil lochas: ¿Sí no voto no como?, entonces será que alguien o algo está timando, limitando o amenazando uno de los principales derechos humanos que como ser humano libre puedo garantizarme por medio de la cosecha de mi siembra o sobre la compra con mi salario, porque salgo cada día a buscar el pan de a locha.


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