Mérida, Febrero Lunes 17, 2025, 05:37 pm
(Prensa
Alcaldía del Municipio Rangel / Mucuchíes 02 de noviembre de 2023) En horas
de la tarde este martes, 31 de octubre de 2023, se dio a conocer la decisión
del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al expediente
signado con el LP41-X-2023-000009, el
cual declara con lugar la medida cautelar innominada solicitada y, en
consecuencia, “ordena al Concejo
Municipal del Municipio Rangel (…) abstenerse de realizar cualquier actuación
material que limite o impida el ejercicio de las funciones como Alcalde del
ciudadano Abraham Hayon Chocrón”.
Una
historia de marras
Como fue del conocimiento de la comunidad del municipio
Rangel, del Estado Bolivariano de Mérida y de toda la Nación el pasado 20 de
septiembre del 2023, en sesión extraordinaria del Concejo Municipal del
Municipio Rangel, se decidió sacar del cargo al Alcalde Abraham Hayon Chocrón,
alegando para tal propósito su ausencia absoluta y, haciendo uso írrito del
marco legal vigente en la República, nombró el Poder Legislativo Municipal como
alcalde encargado a Godelia Ramírez (AD – Ramos Allup).
Ante estos hechos el Alcalde Hayon Chocrón, a sabiendas que
era un acto inconstitucional y al margen de lo previsto en las normas, activó
los mecanismos de Ley y acudió ante el Juzgado Superior Estadal Contencioso
Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), previo reconocimiento político, y de
hecho, del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las
organizaciones políticas con la sola excepción de AD – Ramos Allup, "quienes por
la vía de Ramón Enrique Guevara y de su brazo legal Gerardo Arismendi fueron
los autores intelectuales de este golpe de estado a la institucionalidad del
municipio Rangel y, los mismos, han sido denunciados ante los organismos
correspondientes", precisó el Burgomaestre.
Ahora, indicó el Alcalde Hayon Chocrón, solamente se está a
la espera de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia “la cual se hará pública al momento de ser conocida la
sentencia”.
La decisión
El Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al
expediente signado con el
LP41-X-2023-000009, el cual declara con lugar la medida cautelar
innominada solicitada y, en consecuencia,
“ordena al Concejo Municipal del Municipio Rangel (…) abstenerse de realizar
cualquier actuación material que limite o impida el ejercicio de las funciones
como Alcalde del ciudadano Abraham Hayon Chocrón”.
Además, señala la sentencia, “se suspenden, mientras dure el proceso judicial, los efectos de los
actos emanados del Concejo Municipal del Municipio Rangel del Estado Bolivariano de Mérida señalados a
continuación: 1) Acta de Sesión ordinaria del Concejo Municipal Nº 056 – 2023
de fecha 19 de septiembre donde fue declarada la ausencia absoluta del Alcalde
ciudadano Abraham Hayon Chocrón; 2) Oficio 2023/SEP/CMR/0000046, de fecha 21 de
septiembre de 2023, suscrita por Godelia del Carmen Ramírez Rangel (…) dirigida
al ciudadano Alcalde Abraham Hayon Chocrón en la cual le notifica que ha sido
sustituido en el cargo de Alcalde; y, 3) Acta de Sesión ordinaria del Concejo
Municipal Nº 057 – 2023 de fecha 20 de septiembre donde fue juramentada
alcaldesa encargada la concejal Presidenta del Concejo Municipal la ciudadana
Godelia del Carmen Ramírez Rangel (…)”.
En consecuencia, reza finalmente la decisión del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al expediente signado con el LP41-X-2023-000009, “se le ordena preventivamente hacer cesar cualquier intento de apoderamiento del despacho del Alcalde y de realizar cualquier trámite administrativo tendente a disponer de los recursos públicos, o bienes públicos municipales, estando obligados a realizar las sesiones de Cámara Municipal para autorizar previa revisión de la legalidad los gastos de inversiones que sean necesarios para garantizar la prestación de todos y cada uno de los servicios públicos municipales”.