Este martes la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia emitió una
orden dirigida a las autoridades de la Universidad de Carabobo en donde expresa
que la ciudadana Jessica Bello Barreto debe tomar posesión del cargo de
Presidenta de la Federación de Centros Universitarios.
En la sentencia se exige que se le deleguen las funciones inmediatas como
máxima autoridad estudiantil de la casa de estudios.
“Deben realizar todas las
actuaciones necesarias y pertinentes con el fin de garantizar la posesión
efectiva del cargo y el ejercicio inmediato de las funciones de la ciudadana
Jessica Bello Barreto” expresa el comunicado.
Esa decisión fue tomada pese a que en las elecciones efectuadas el pasado
14 de noviembre en esa casa de estudios había resultado ganadora la plancha opositora
encabezada por Marlon Díaz, a pesar de que dichos comicios fueron sacudidos por
hechos violentos promovidos, supuestamente, por grupos cercanos a la
gobernación del estado presidio por Rafael Lacava quien le atribuyó la victoria
a la plancha de Bello.
La sentencia fue elaborada por Indira Alfonzo quien es la actual
presidenta de la Sala y en la misma se cataloga sin efecto jurídico la
proclamación de Díaz en el cargo de presidente de la Federación de Centros
Universitarios, al afirmar que el presidente de la comisión electoral, Luis
Eduardo León, realizó una acción arbitraria y de usurpación.
León “procedió a la proclamación del ciudadano Marlon Díaz en el cargo de
presidente de la Federación de Centros Universitarios ante las autoridades
académicas de esa misma casa de estudios, en usurpación de las atribuciones de
los integrantes de la Comisión Electoral legalmente constituida el 12 de
noviembre de 2018″ puntualizó el escrito.
En días anteriores la estudiante y líder oficialista Jessica Bello
Barreto introdujo un amparo constitucional contra la proclamación realizada en
donde afirmó que fueron violados los derechos constitucionales.
“Por la presunta violación del derecho al sufragio activo y pasivo, y el
derecho a la participación consagrados en los artículos 62, 63 y 70
constitucionales” argumentó.
EUD