Mérida, Marzo Martes 18, 2025, 03:12 pm
Quizá al usurpar y obviar la
autoridad taxativa del CNE, la sala Electoral del TSJ ha certificado los
resultados del 28J que otorga el triunfo a Nicolás Maduro, por quebrantamiento
franco y manifiesto de los artículo
138-139 CRBV; disposiciones concatenadas con el artículo 25 de dicha
Constitución; decisión favorable a Maduro, incontinenti, por “órdenes
superiores”, sopena de destitución por deslealtad al régimen y la frase “lo
sacamos con los votos” ha quedado desgastada y pequeña en el caso que hoy nos ocupa, con un saldo represivo elevado;
proceso muy válido en un sistema
auténticamente democrático, no hegemónico, dispuesto a fomentar una
alternabilidad o rotación, tal y como la que indicase el Libertador Simón
Bolívar en su discurso de Angostura en contra de la permanencia por un largo
tiempo en el poder, obviada a poco más del bicentenario de su celebración, que
el régimen festejara con todo despliegue y pompa, ante un sistema impuesto por
su personalismo histriónico, heredado del presidente extinto ”comandante
supremo y eterno”.
Un TSJ que además de celestino es delincuente
conculcante de las garantías constitucionales, subordinado
inconstitucinalmente, a ”órdenes superiores” que mal podrían cumplirse tan
servilmente (CRBV, artículos 138 y139), concatenados con el art 25, tal y como indicásemos. Este fallo o adefesio
jurídico por tal celestinaje debería hacer eco mundial y con actuación ipso
facto de los organismos de derechos humanos puesto que por tal hecho
desaguisado y deshonesto estamos al umbral de una crisis sociopolítica de
alcances imponderables, así como hacia una involución irreversible con aumento
de la pobreza extrema y de otros males inconfesables.
Una
sentencia nula constitucionalmente, en cuya apelación deberían involucrarse sin
reserva alguna, todas las organizaciones que defienden y abogan por los derechos humanos