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Reforma del estatuto que da continuidad al gobierno interino genera polémica por «inconstitucional»

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JUAN GUAIDÓ


El proyecto de reforma del Estatuto que rige la Transición hacia la democracia, ley que sustenta al gobierno interino, es inconstitucional, denuncian algunos dirigentes de oposición y el exprocurador especial José Ignacio Hernández.

La propuesta, que fue presentada por Primero Justicia, resta competencias a la presidencia encargada que dirige Juan Guaidó. 

La tolda aurinegra propone modificar varios artículos, entre los que destacan el 20 y 39 del Estatuto vigente, para crear una especie de gobierno parlamentario en el que la Asamblea Nacional electa en 2015, a través de la Comisión Delgada, sea la única que tenga facultad para designar las juntas directivas ad hoc de empresas tan importantes como Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y sus filiales.

La Delegada también estaría a cargo de la conducción de la política exterior y nombraría a los representantes diplomáticos en los países que reconozcan la legitimidad de la AN de 2015.

En otras palabras, plantean transferir funciones ejecutivas al Parlamento de 2015.

El contenido de la normativa, que fue debatido en primera discusión durante una sesión extraordinaria convocada por el parlamento opositor este 27 de diciembre, generó el rechazo de unos cuantos diputados de la AN de 2015 que salvaron sus votos porque advierten viola el texto constitucional.

Resta competencias

El Estatuto vigente establece que el presidente encargado es quien designará las juntas administradoras ad-hoc de institutos públicos, institutos autónomos, fundaciones del Estado, asociaciones o sociedades civiles del Estado, empresas del Estado, incluyendo aquellas constituidas en el extranjero, y cualesquiera otros entes descentralizados.

Estas competencias pasan a ser controladas por la Comisión Delegada en la propuesta de reforma. El nuevo artículo 20 no hace referencia a la figura del Procurador especial, responsable de los litigios internacionales en los que se disputan activos de la República como Citgo (filial de Pdvsa). No está claro si esto significa que se propone eliminar la procuraduría.

En su lugar, se indica que la Comisión Delegada podrá constituir fidecomisos o cualesquiera otros instrumentos contractuales y financieros que permitan defender de manera más eficiente y transparente los activos del Estado en el extranjero.

El artículo 39 también es reformado para darle atribución exclusiva a la Asamblea Nacional de 2015 en la designación de la junta ad hoc de Pdvsa y sus filiales. Decisión que hasta ahora controló el gobierno interino de Juan Guaidó con el visto bueno del Parlamento.

El propósito del proyecto de reforma queda manifiesto en el artículo 12 que cambia su redacción por esta: “El Presidente de la Asamblea Nacional actuará como encargado de la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela a los únicos efectos de dirigir la protección de los activos del Estado en el extranjero y defender la democracia. Ejercerá sus funciones bajo los lapsos y circunstancias determinados en el artículo 12 del presente Estatuto. Sus actos serán dictados con sujeción a la Comisión Delegada de la Asamblea Nacional”.

Se elimina el Consejo Político que reestructuraría al gobierno interino y se le confiere a la Comisión Delegada la facultad de designar a los representantes diplomáticos en los países que reconozcan la legitimidad de la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015, y solo mientras persista ese reconocimiento.

La Asamblea Nacional de 2015 someterá el proyecto de reforma a una segunda discusión que se dará en una próxima sesión extraordinaria convocada para el 30 de diciembre.

Este lunes 27 de diciembre también se aprobó, en primera discusión, la reforma de la Ley del Fondo para la Liberación de Venezuela que permitirá usar recursos «recuperados» en el 2022.

EFECTO COCUYO





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