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PREDICAR EL EVANGELIO por Cardenal Baltazar Porras Cardozo

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Cardenal Baltazar Porras Cardozo


El esperado documento papal sobre la reforma de la Curia salió a la luz pública y entrará muy pronto en vigor. Será objeto de análisis y confrontación con la praxis anterior, la Pastor Bonus del papa Juan Pablo II. Lo cierto que en este largo iter de varios años, más de una de las propuestas ya estaban en marcha. No se trata de un simple retoque o cambio periférico, siendo un documento jurídico tiene un trasfondo doctrinal eclesiológico y una exigencia de modernización propia de los complejos tiempos que vive la humanidad. Como lo ha señalado el propio Papa, esta constitución apostólica es fruto de las exigencias del cuerpo cardenalicio en el precónclave de la elección de Francisco.

 

El largo preámbulo de la constitución es la base doctrinal-canónico-pastoral del documento. La razón primera es el servicio que la Iglesia puede prestar a cada hombre y a toda la humanidad en el mundo de hoy. La naturaleza misionera de la Iglesia exige la conversión, asunto que en los últimos siglos ha estado presente desde el siglo XVI hasta nuestros días. Siendo la Iglesia misterio de comunión, se asume con el rostro de la sinodalidad, es decir, en escucha recíproca en la que cada uno tiene algo que aprender.

 

El servicio del Primado y del Colegio Episcopal, constituyen en la actualidad uno de los medios más significativos de la comunión eclesial en las diversas regiones del mundo junto con el Romano Pontífice. La Curia romana y las conferencias episcopales están al servicio del Papa y de los fieles del mundo entero. La participación esencial de todos los bautizados es necesaria porque cooperan para el bien de toda la Iglesia. La reforma de la Curia será real y posible si brota de una reforma interior, no sólo de una mejor organización gerencial.

 

250 artículos señalan las reglas generales de la reforma. El servicio de la curia romana tiene sentido en la perspectiva de la pastoralidad. Los que allí laboran comportan el exigente deber de ser discípulos-misioneros, dando ejemplo de entrega, de espíritu de piedad, de acogida a los que acuden a ella y de servicio. La Curia Romana se compone de la Secretaría de Estado, los Dicasterios y los Organismos, todos jurídicamente iguales entre sí. Luego señala la constitución la composición interna y competencia de cada uno de los dicasterios, o ministerios en el lenguaje civil, llamados hasta ahora Congregaciones.

 

Es digno de señalar el nuevo ordenamiento de los diversos dicasterios. En consonancia con el espíritu pastoral, el primero que se nombra es el Dicasterio para la Evangelización, con dos secciones, una para las cuestiones fundamentales de la evangelización en el mundo, y otra par la primera evangelización y las nuevas iglesias particulares. Se concentra ahora en un único dicasterio diversos organismos anteriores. Como novedad, el Papa se reserva la presidencia directa de este macro organismo. En segundo lugar, el Dicasterio para la Doctrina de la fe, cuya tarea consiste en promover y proteger la integridad de la doctrina católica sobre la fe y la moral. Se compone de dos secciones, una doctrinal y otra disciplinaria tenendo a su cargo lo relativo a los delitos reservados al dicasterio.

 

El tercer dicasterio para el servicio de la caridad, expresión especial de la misericordia y, a partir de la opción por los pobres, los vulnerables y los excluidos, realiza la obra de asistencia y ayuda en todo el mundo. En cuarto lugar, el dicasterio para las Iglesias Orientales para todas las antiguas iglesias patriarcales, tanto en sus países de origen como los que están diseminados por el mundo entero. El dicasterio para el culto divino y la disciplina de los sacramentos promueve la sagrada liturgia según la renovación emprendida por el Concilio Vaticano II. Sigue el dicasterio para las causas de los santos, encargada de todo lo relativo a las causas de beatificación y canonización.

 

Sigue a continuación el dicasterio para los obispos que en la tradición anterior ocupaba el primer lugar. Le corresponde todo lo relativo a la constitución y provisión de las iglesias particulares y al ejercicio del oficio episcopal en la Iglesia latina, sin perjuicio de la competencia del dicasterio para la evangelización que tiene a su cargo los nombramientos de los vicariatos, prelaturas, exarcados y ordinariatos. El dicasterio para el clero, trata de todo lo que se refiere a los presbíteros y diáconos del clero diocesano, en cuanto a su persona, su ministerio pastoral y lo necesario para su fructífero ejercicio. El dicasterio para los Institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica, anima y regula la práctica de los consejos evangélicos, en la forma en que se vive la vida consagrada y las sociedades de apostolado.

 

El dicasterio para los laicos, la familia y la vida tiene competencia para la valorización del apostolado de los fieles laicos, la atención pastoral de los jóvenes, la familia y su misión según el plan de Dios, de los ancianos y de la promoción y protección de la vida. El dicasterio para la promoción de la unidad de los cristianos aplica iniciativas y actividades adecuadas al compromiso ecuménico. Sigue el dicasterio para el diálogo interreligioso que favorece y regula las relaciones con miembros y grupos de religiones no cristianas, a excepción del judaísmo, cuya competencia pertenece al dicasterio para la promoción de la unidad de los cristianos.

 

El dicasterio para la cultura y la educación trabaja para el desarrollo de los valores humanos en las personas en el horizonte de la antropología cristiana, contribuyendo a la plena realización del seguimiento de Jesucristo. Se ocupa del patrimonio cultural y de las escuelas e institutos eclesiásticos de enseñanza superior. El dicasterio para el servicio del desarrollo humano integral tiene la tarea de promover la persona humana y su dignidad dada por Dios, los derechos humanos, la salud, la justicia y la paz. Se interesa, además, de las cuestiones relacionadas con la economía y el trabajo, el cuidado de la creación, las migraciones y las emergencias humanitarias.

 

Los dos últimos dicasterios, el de los textos legislativos para promover y difundir en la Iglesia el conocimiento y la aceptación del derecho canónica y ofrecer asistencia para su correcta aplicación. Y, el de la comunicación para todo el sistema de comunicación de la Sede Apostólica para responder de forma coherente a las necesidades de la misión evangelizadora. Por último, están los órganos de justicia y los órganos económicos. En total 12 dicasterios cuya misión primordial es servir a los fines propios de la Iglesia en coordinación con la compleja red de organizaciones de la Iglesia en el mundo. Más allá del aspecto pragmático está el mandato del Señor, que al pedir anunciar el Evangelio, nos insta a cuidar de los hermanos más débiles, más enfermos y más sufridos.

 

22.- 19-4-22 (6876)





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