Mérida, Junio Viernes 05, 2026, 05:22 pm
La justicia es el principio moral que determina que todos
y cada uno miembros de la sociedad deben vivir con honestidad. Eso indica que
la justicia es rectitud, equidad, neutralidad, ecuanimidad, probidad e
imparcialidad de las acciones humanas. Esta definición dada por el diccionario
de la lengua española si bien reconoce a la justica como principio moral de
vida, no se corresponde con lo aquel que la define como la virtud social que a
cada uno corresponde de acuerdo a la razonabilidad del bien común y no hacia el
individuo.
Si muy bien la justicia implica igualdad en la filosofía
de los Derechos Humanos, la virtud del ser debería orientar cada acción humana
consciente en el hábito y la armonía de la dignidad humana del bien común. Tal
vez el destino de la sociedad se ha sesgado hacia la mal entendida solidaridad
que inclina las acciones humanas hacia condiciones necesarias de justicia, pero
no suficientes de dignidad de la existencia. La sociedad heredo
comportamientos, costumbres y modismos cuya tendencia se dirigen hacia la
existencia no digna de la existencia del sí mismo.
En otras palabras, un comportamiento en contra vía de
justicia como constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho (Santo
Thomas de Aquino, 1225-1274). Este concepto implica no solo la interpretación
del orden de nuestra conducta como camino hacia la realización sino también de los
actos ejecutados u omitidos en virtud de una obligación moral, y de la conducta
moral estable que se entiende como virtud en el sentido de acción de adquirir y
cultivar hábitos buenos.
Si estos tres aspectos que definen a la justicia en el
sentido clásico, la justicia estará dotada de naturaleza humana que se compone
de la capacidad para abrirnos hacia los demás. Pero que ocurre cuando esto que
define a la justicia se rompe o no existe una constante, perpetua y eterna
voluntad de dar su derecho a cada uno. La justicia propia consiste en
inclinarnos hacia las cosas que se relacionan con el otro, es decir, aquello
que nos permite mantener unidos en igualdad de relación. No obstante, la realidad
en diversos colores y apariencias indica que no ocurre así. El
perfeccionamiento del interés propio y la defensa de lugares, espacios y
posiciones alcanzadas actúan como un agente que levanta barreras hacia los
demás. Por lo que las acciones de lo justo no se corresponden con acciones
justas. Existe alterabilidad o alternancia según sea el caso de lo que se pide
y lo que se da en igualdad. Que en general, actúan como adecuación exacta de
una compensación benevolente u obsequio de la vida.
La naturaleza de abrirse a los demás se quebranta cuando
la racionalidad humana indica que la ley eterna y perpetua no se corresponde
con la voluntad de dar su derecho a cada uno. Y entonces es cuando el plan
supremo del hacedor de criaturas y jerarquías del ser asiste la providencia
actúa en la propia realización. En este espacio nadie es excluido y todos
ejercen la sabiduría infinita de la dignidad justa de la existencia. Pero si
algo no está en armonía natural, biológica e instintiva es la ley moral que
decide el conjunto de condiciones de vida social que permite a uno y a otros su
propia realización.
La experiencia no dista de la ley naturaleza y tampoco de
la moral. Cada uno tiene lo que absurdamente ha indicado la naturaleza del bien
de los demás. Por lo que la voluntad se inclina hacia dar a los demás aquello
que les es debido, pero donde el propio hábito aprendido ahora elude la
existencia digna en la conciencia moral, en la que al defender o juzgar los
actos humanos concretos nos obliga a aprobar todo aquello que se deba hacer
para el bien y evitar el mal, aun cuando el bien no sea interpretado como
aquello en lo que todos los entes se inclinen hacia la realización sino hacia
la prisión de la inexistencia del bien humano.
@zerpasad (*)