Mérida, Junio Viernes 05, 2026, 06:51 pm
La
insistencia de las actuales autoridades de la Universidad de Los Andes, y con
anterioridad de otras, particularmente desde 1980, de que esta institución
universitaria fue fundada el 29 de marzo de 1785 por el primer Obispo de
Mérida, Fray Juan Ramos de Lora, en plena dominación colonial de España, nos
obliga anualmente a seguir demostrando tanto esa falsa historia como la
verdadera. Esta última referida a la indudable creación el 21 de Septiembre de
1810, por la Junta Superior Gubernativa de Mérida, de la Real Universidad de
San Buenaventura de Mérida de los Caballeros, al inicio del proceso emancipador
y formación de la República de Venezuela. Institución que solo funcionaría
durante dieciocho meses en razón del terremoto del 26 de marzo de 1812, el
comienzo de la guerra de independencia y la restauración del gobierno realista
en el territorio merideño. Instituto que sería restablecido con el nombre de
Universidad de Mérida en 1832 por el Presidente José Antonio Páez, sin un nuevo
decreto de creación, para denominarse en 1883 Universidad de Los Andes. Esa
falsedad repetida mil veces tiene la intención de crear una tergiversada
conciencia histórica, haciendo creer a incautos que la ULA conmemora este año
240 años de existencia, cuando en realidad su cumpleaños este 21 de septiembre
de 2025 es de 215 años de vivencia institucional, interrumpida únicamente entre
1812 y 1832, con nuestros respectivos comentarios y necesarias explicaciones.
No se trata de años más o menos, sino del origen civil y no eclesiástico, pues
fue una decisión de una Junta Gubernativa con representación de distintos
sectores de la sociedad merideña, incluyendo a religiosos seculares y
regulares.
En razón de esa ceguera histórica, por intención e influencia externa, pero también por ignorancia supina de quienes se han dejado manipular, sobre todo por funcionarios de la Iglesia de Mérida o sus acólitos universitarios, vamos en esta crónica a presentar una Cronología del proceso de Fundación de la Universidad de Los Andes, que incluye los hechos utilizados para la referida tergiversación entre 1785 y 1808, y los que prueban la veracidad de la instauración entre 1810 y 1832. Con ello pretendemos ilustrar con pruebas documentales irrefutables que son, al fin y al cabo, las que la Historia exige para constatar su real existencia. Al efecto, fin recurrimos a la periodización como herramienta didáctica para dar a conocer hechos que permitan a los lectores comprender la fecha que debatimos y confrontamos desde hace cierto tiempo con estudios serios y rigurosos, vale decir científicos. (Citamos las fuentes documentales correspondientes publicadas por distintos autores, remitiendo también a nuestro libro La Fundación de la Universidad. 21 de Septiembre de 1810. Estudio Crítico e Incómodo pero necesario. Mérida, Rectorado de la Universidad de Los Andes, 181, 340 p.)
1785-1790.- El 29 de marzo de 1785 el Obispo Fray Juan Ramos de Lora “…considerando como Vigilante Pastor de su Rebaño que la instrucción de la Juventud es el más seguro manantial de virtuosos Eclesiásticos que dirijan las conciencias de los pueblos de su Diócesis, ha determinado…[que] se establezca una casa de educación de los jóvenes inclinados a seguir el estado Eclesiástico, en donde se les imprima máximas de Religión, y se les enseñe la lengua latina, e instruya en las materias morales, hasta tanto que se practican las diligencias correspondientes a que se establezca, y funde el Seminario Colegio con todas las formalidades que dispone el Santo Concilio de Trento…”, para lo cual dicta en aquella fecha unas Constituciones, que fueron complementadas el 30 de diciembre de dicho año. Esta decisión la realiza el Obispo sin consulta alguna al rey Carlos III, por lo que este recrimina su actuación en el momento de aprobar la creación definitiva de Colegio Seminario el 9 de junio de 1787, al cual se le da el título de “Real Seminario de San Buenaventura” el 20 de marzo de 1789, por decisión de su sucesor Carlos IV. Así, lo que se establece el 29 de marzo de 1785 fue una “Casa de Educación para los jóvenes inclinados a seguir el estado Eclesiástico”, hasta tanto existieran las condiciones para transformarse en un Seminario. En los documentos al respecto no se hace referencia a la idea de Universidad. (Los documentos fundacionales de la Casa de Educación y el Colegio Seminario fueron publicados en Eloi Chalbaud Cardona: Historia de la Universidad de Los Andes. Mérida, Ediciones del Rectorado, 1966, Tomo I, pp. 83-112 y por Antonio Ramón Silva: Documentos para la historia de la diócesis de Mérida. Mérida-Caracas, Imprenta de la Diócesis / Tipografía Americana, 1908-1927, Volúmenes 1 y 2).
1794-95.- Entre 1787 y 1808 el Colegio Seminario Conciliar de San Buenaventura en ningún momento se identificó como una Universidad. Durante esos años funcionó con muchas dificultades. Dos de los Obispos de la Diócesis de Mérida, advirtieron ello, al criticar la carencia de unas verdaderas Constituciones ajustadas a lo establecido por el Concilio de Trento en materia de Seminarios. En efecto, el 11 de octubre de 1794, el Obispo Fray Manuel Cánido de Torrijos ordenó una reforma del Seminario “…para la educación y enseñanza de los jóvenes, de que depende el crear idóneos ministros, para que puedan servir en el Obispado, y de que hay gran necesidad…”; señalando también que “…informado de que el San Buenaventura de esta ciudad necesita de arreglo, y que se formen constituciones para su mejor gobierno, lo que no pudo verificar su fundador el Illmo. y Revdmo. Sor Dn. Fr. Juan Ramos de Lora…por haber fallecido aun sin haber dejado perfectamente concluida la obra…”. Por ello, Torrijos encomendó al Vicario General y Canónigo de de la Iglesia Catedral, Lic. Elías Hipólito González la tarea de reformar el Seminario y formar las Constituciones correspondientes conforme a lo legalmente establecido, las cuales fueron concluidas y entregadas el 22 de mayo de 1795. Estas Constituciones se dictan diez años después de las redactadas por Fray Juan Ramos de Lora. (Las Constituciones de los Obispos Manuel Cándido Torrijos en Eloi Chalbaud Cardona: Ibid., Tomo I, pp. 280-287).
1803-1808.- El 27 de octubre de 1803 el Obispo Santiago Hernández Milanés dio a conocer las Constituciones por él formadas para el Seminario de San Buenaventura en razón de que su fundador “…hubiera dispuesto reglas las más acertadas, y propias de su corazón magnánimo, si la muerte no lo hubiera prevenido, cuando apenas habían la beca los primeros alumnos.” Obsérvese que han transcurrido dieciocho años de la creación de la Casa de Educación de Ramos de Lora. De acuerdo con los contenidos de las Constituciones de Torrijos Hernández Milanés el Colegio Seminario atravesó por diversos problemas, por lo que su funcionamiento no había sido del todo bien, incumpliéndose además con las disposiciones al respecto en la Recopilación de las Leyes de Indias de 1680. (Las Constituciones de Santiago Hernández Milanés y situación del Seminario durante su obispado en Eloi Chalbaud Cardona: Ibid., Tomo I, pp. 374-383).
1800-1806.- Si existía en Mérida una Universidad, como falsamente se sostiene, identificada con los estudios que se realizaban en la Casa de Educación de 1785 y luego en el Colegio Seminario de San Buenaventura desde 1787, cabría preguntarse: ¿por qué entre 1800 y 1806 el Deán de la Catedral de la Diócesis, Dr. Francisco Javier de Irastorza, gestionó ante las autoridades de la Provincia de Maracaibo y el propio Carlos IV la conversión del Seminario en Universidad? Su propuesta dio origen a un voluminoso expediente en el que se localizan las opiniones del Cabildo Eclesiástico merideño, del Gobernador Fernando Miyares, del Gobernador Manuel de Guevara Vasconcelos, del Claustro Pleno de la Universidad de Caracas, del Ayuntamiento de Mérida y del Fiscal del Consejo de Indias. (Los documentos relativos a dicho expediente en Eloi Chalbaud Cardona: Ibid., Tomo I, pp. 312-326 y 352).
1806-1808-. Como resultado del expediente formado para considerar la solicitud del establecimiento de una Universidad en Mérida, por Real Cédula del 18 de junio de 1806, Carlos IV decidió conferir al Seminario de San Buenaventura de Mérida la prerrogativa de conferir Grados Mayores y Menores en Filosofía, Teología y Cánones, afiliando esos estudios para los demás grados a la Real Pontificia Universidad de Santa Fe, como ya lo estaban a la de Caracas. Después de hacer señalamientos sobre el Colegio Seminario creado por Fray Juan Ramos de Lora en 1785, el monarca hizo referencia a la solicitud hecha por el Deán Francisco Javier de Irastorza para la conversión del Seminario en Universidad, así como de la propuesta del Gobernador Fernando Miyares para que se estableciera en Maracaibo y no en Mérida, y de las demás diligencias hechas por otras instituciones y funcionarios al respecto.
Visto el expediente formado al efecto en el Consejo de Indias y la opinión de su Fiscal, Carlos IV determinó que no accedía “...al establecimiento una Universidad en esa ciudad como solicitan en representación de treinta uno de Mayo de 1803, ni en Maracaibo, como propuso el Gobernador Intendente...”, por lo que resolvía que “...se fomente ese Seminario e inviertan sus rentas en el aumento de Becas; se provean, y doten las Cátedras con Profesores hábiles e idóneos para la enseñanza de sus ciencias, y se pongan bajo el plan y gobierno conveniente para llenar los fines del Concilio y surtir el Obispado de Curas, y Ministros Eclesiásticos instruidos, y virtuosos de que carece...dotéis competentemente las cátedras que debe haber de primeras letras, Gramática, Filosofía, Teología Dogmática, y Moral, Escritura y Disciplina Eclesiástica, de Derecho Civil y Canónico, proveyéndolas en sujetos instruidos, y aptos, para hacer progresar las ciencias, y que forméis las oportunas constituciones, que no consta que haya para el mejor gobierno del Seminario y régimen de sus estudios…”. A ello agregaba el Rey que para que los colegiales y cursantes del Seminario no tuvieran que pasar a recibir los grados en las Universidades de Santa Fe, y Caracas se confirieran “...los grados mayores y menores en Filosofía, Teología, y Cánones, y no en Derecho Civil, teniendo su valor como si fueran recibidos en las referidas universidades...” (“Real Cédula por la cual el Rey Carlos IV concede al Colegio Seminario de Mérida la gracia de conferir Grados Mayores y Menores” en Eloi Chalbaud Cardona: Ibid., Tomo I, pp. 390-392).
Eloi Chalbaud Cardona erróneamente dice que el Rey confería la gracia de Estudios Generales, al redactar el epígrafe de la citada Real Cédula del 18 de junio de 1806, condición educativa que no aparece en parte alguna del documento. En efecto los Estudios Generales están identificados directamente con al idea de Universidad, como lo estableció la Ley Primera de las Siete Partidas de Alfonso X El Sabio. La disposición del Rey Carlos IV era muy clara, el Seminario no sería Universidad, con un elemento no tomado en cuenta hasta ahora: el conferimiento de grados mayores y menores se hacía en los cursos particularmente referidos a lo eclesiástico y no a lo temporal expresado en el Derecho Civil. El desconocimiento de las normativas sobre el funcionamiento de las Universidades y los Seminarios, entre otros asuntos, ha determinado la idea de que la decisión del monarca fue la creación de una Universidad, lo que en efecto no ocurrió. Nada hubiera costado al Rey decidir sobre el establecimiento de una institución universitaria en Mérida, pero los argumentos expuestos por los solicitantes y la situación misma del Seminario fueron insuficientes para que así lo determinara. A ello debe agregarse las opiniones de las autoridades consultadas, particularmente las del Claustro Pleno de Doctores de la Universidad de Caracas, lo cual omiten quienes insisten en el nacimiento de la Universidad en 1806 a partir de la citada Real Cédula de Carlos IV.
1806-1808.- El Obispo Santiago Hernández Milanés tergiversó el contenido de la Real Cédula de Carlos IV de 18 de junio de 1806, haciendo creer a las autoridades y la sociedad merideña, mediante comunicación de 8 de abril y Carta Pastoral de 23 de mayo de 1808, que las prerrogativas otorgadas por el monarca de conferir grados mayores y menores equivalían a la condición de Universidad, al considerar que dichos grados tendrían “…el mismo valor que los que se confieren en las Universidades de Santafé y Caracas…”, como lo indicaba la referida disposición del Rey. Ante tan singular noticia, el Teniente Justicia Mayor Antonio Ignacio Rodríguez Picón dictó un decreto de festividad, el 30 de abril de 1808, para manifestar públicamente el júbilo de la ciudad de Mérida “...con motivo de la Real concesión y establecimiento de la Universidad que se ha hecho en esta ciudad y le fue participado por el Ilustrísimo Señor Doctor Don Santiago Hernández Milanés...”. (“Carta Pastoral del Ilustrísimo Señor Doctor Don Santiago Hernández Milanés en la cual participa haber recibido la Real Cédula que concede al Colegio seminario la gracia de conferir grados mayores y menores” y “Decreto del Teniente Justicia Mayor Don Antonio Ignacio Rodríguez Picón” en Eloi Chalbaud Cardona: Ibid., Tomo I, pp. 396-400).
1810.- De haber ocurrido lo que se afirma con respecto a la creación de una Universidad en Mérida en 1785 o en 1806, no había entonces necesidad de un decreto de la Junta Superior Gubernativa de Mérida del 21 de septiembre de 1810, mediante el cual se transformaba el Colegio Seminario Conciliar de San Buenaventura en la Real Universidad de San Buenaventura de Mérida de los Caballeros. Llama la atención lo siguiente: civiles y eclesiásticos integraban la Junta en igual número; así como el hecho de que el Deán de la Catedral Doctor Francisco Javier de Irastorza no formara parte de la Junta, siendo un personaje de mucha relevancia en la ciudad y primer proponente de la idea de universidad para Mérida. Los doce firmantes del Acta de independencia de Mérida, del 16 de septiembre de 1810, serían los mismos que suscribirían el Acta-Decreto de creación de la “Real Universidad de San Buenaventura de Mérida de los Caballeros” del 21 de septiembre de ese año. La composición de la Junta Superior Gubernativa puede explicar los aspectos comprensivos de dicho decreto. Los civiles, gente de la élite merideña vinculada a cargos de la administración colonial local y provincial y a funciones militares en diversos momentos, en su mayoría propietarios urbanos y rurales. Los eclesiásticos ocupaban distintas posiciones de la iglesia merideña, tres eran catedráticos del Seminario de San Buenaventura.
Es decir, los dos grandes poderes de la ciudad: los propietarios-funcionarios y la Iglesia se repartieron la responsabilidad de conformar la Junta Superior Gubernativa de Mérida que se encargaría primero de independizarse de Maracaibo y luego plegarse a las decisiones emanadas desde Caracas. El Teniente Justicia Mayor, Antonio Ignacio Rodríguez Picón, quien en 1808 por incidencia del Obispo Hernández Milanés había celebrado la creación de una Universidad en Mérida, fue el primer firmante del Decreto de 21 de septiembre de 1810. Aquel Obispo que pregonó el establecimiento de una Universidad por parte del Rey Carlos IV debió autorizar, como máxima autoridad eclesiástica, a los seis eclesiásticos que formaron parte de la Junta Superior Gubernativa de Mérida. La Junta Superior Gubernativa de Mérida, defensora de los derechos del Rey español cautivo, Fernando VII, quedó constituida de la siguiente manera: Antonio Ignacio Rodríguez Picón, Juan Antonio Paredes, Vicente Campo Elías, Blas Ignacio Dávila, Fermín Ruiz Valero, Bachiller José Lorenzo Aranguren y los Presbíteros Doctores Mariano Talavera y Garcés, Francisco Antonio Uzcátegui y Dávila, Buenaventura Arias, Antonio María Briceño y Altuve, Enrique Manzaneda y Salas, y Fray Agustín Ortiz. Como Presidente de la Junta se designó a Rodríguez Picón, Talavera y Garcés fue nombrado Vicepresidente. A este eclesiástico se le atribuye la redacción del Acta de constitución de la Junta Superior Gubernativa de Mérida, el Decreto de creación de la Universidad y de la Constitución de la Provincia de Mérida del 31 de agosto de 1811.Como Secretario fue designado José Lorenzo Aranguren. (Sobre estos personajes véase José Humberto Quintero: “Ciudad de Cóndores” (Discurso pronunciado en el Palacio de Gobierno del Estado Mérida, el 1 de febrero de 1936, al inaugurarse el cuadro que representa la Junta Patriótica de esta ciudad, pintado por Marcos León Mariño, incluido en Discursos. Obras Publicadas 1924-1972. Caracas, Editorial Arte, 1972, pp. 279-283. Este cuadro se exhibe en el Salón de Actos del Concejo Municipal del Municipio Libertador. Una copia del mismo fue realizada por el pintor Francisco Lacruz en el 2010, para conmemorar el verdadero Bicentenario de la fundación de la ULA. Esta fue colocada en el Salón de Sesiones del Consejo Universitario, para sólo ser observado por los señores consejeros.)
1811.- Un hecho ocurrido en 1811, entre el Gobernador de la Provincia de Mérida, Dr. Casimiro Calvo y el Provisor-Vicario encargado de la Diócesis, Mateo Más y Rubí, en cuanto a la intervención de la Iglesia en asuntos de la Universidad, evidencia el carácter republicano de la nueva institución universitaria y la independencia que al respecto el Estado impuso ante las autoridades eclesiásticas que se mantenían fieles a la monarquía española. El 21 de noviembre de ese año dicho Gobernador se dirigió al Obispo Santiago Hernández Milanés para reclamar la actuación del Provisor, quien había suspendido un acto literario organizado por el catedrático de Derecho Civil José Lorenzo Reynel, con apoyo del Rector de la institución Buenaventura Arias. Al respecto el gobernador determinó “…que ni los Provisores sede plena, ni los Cabildos sede vacante, ni sus Provisores, ni los Gobernadores Eclesiásticos, ni los Reverendos Obispos que sucedieren al actual…tienen jurisdicción , ni intervención en los asuntos de Grados, cursos, Cátedras, actos literarios y demás que por las circunstancias mandadas observar toca a los Jefes privativos de la Universidad...”. Ante lo actuado por el Vicario y Provisor, en otra comunicación de la misma fecha, Casimiro Calvo solicitó al Obispo su remoción inmediata y porque este eclesiástico, de manera pública y notoria, no era afecto a la causa de la independencia, a lo cual accedió Hernández Milanés el 25 de noviembre con la revocación del nombramiento de Más y Rubí. (Los documentos al respecto fueron publicados en Eloi Chalbaud Cardona: Op. Cit., Tomo I, pp. 44-47).
1812-1826.- En razón del terremoto del 26 de marzo de 1812 y la retoma del poder por las tropas realistas de la Provincia de Mérida dejaron de funcionar tanto la Universidad como el Colegio Seminario. Al año siguiente, el Deán José Francisco de Irastorza y el Provisor Mateo Más y Rubí decidieron trasladar a Maracaibo la Catedral, el Convento de Santa Clara y el Colegio Seminario. En la ciudad lacustre permanecería hasta 1821, cuando el Congreso de Colombia decidiera reinstalarlo en Mérida. Los documentos al respecto nada dicen con respecto a la Universidad creada el 21 de septiembre de 1810. No se hablaría de la Universidad hasta 1831, cuando el Gobernador de la Provincia de Mérida, Juan de Dios Picón, solicitara al Presidente José Antonio Páez el restablecimiento de la Universidad. Restablecido el Colegio Seminario en Mérida por decisión del Congreso de Colombia de 29 de septiembre de 1821, tres años más tarde, el 13 de septiembre de 1824 su Rector Dr. José Olivares consultó al gobierno de la República de Colombia sobre si el Seminario “…continuaba siendo Universidad como la había dispuesto la Junta de la Provincia el año 1810, o como Academia según lo había concedido el Rey de España”, título este último que aparecía por primera vez en los documentos referidos al Seminario y a la Universidad. El Poder Ejecutivo de Colombia informó al Rector el 1 de diciembre de 1824 que “…mientras se sancione el plan de estudios para toda la República permanezca el Colegio de Mérida como una Académica según su primera institución…” El 18 de marzo de 1826 fue aprobada por el Congreso de Colombia la Ley sobre Organización y Arreglo de la Instrucción Pública. El Capítulo VI versaba sobre “La Enseñanza en las Universidades y Colegios Nacionales” y su Artículo 31 señalaba que “en la capital de cada departamento de Colombia…habrá una universidad o escuela general…”. La capital del Departamento de Venezuela era Caracas, por lo que la única Universidad que se reconocía para nuestro país era la existente en esta ciudad desde 1721. (Los hechos referidos y la situación particular del Colegio Seminario en Maracaibo y su restablecimiento en Mérida fueron registrados documentalmente por Eloi Chalbaud Cardona: Ibid., Tomo II (1968), pp. 157-348 y 421-495).
1832-1834.- El 14 de enero de ese año 1832, el gobierno del General José Antonio Páez ordenó la reinstalación de la Universidad de Mérida y la ratificación del nombramiento del Dr. Ignacio Fernández Peña como su primer y verdadero Rector, realizado por el Gobernador Juan de Dios Picón. Este tuvo como primera misión organizar la Universidad y redactar sus primeros Estatutos, siguiendo los de Caracas conferidos por el Libertador en 1827. Con reformas fundamentales realizadas por la Comisión designada por Subdirección General de Estudios, los estatutos merideños fueron aprobados definitivamente por el Gobierno Nacional el 8 de marzo de 1836. Durante toda esta etapa ninguna referencia se hizo a un nuevo decreto, por lo que se reconocía el de la Junta Superior Gubernativa de Mérida de 1810. Los Estatutos de la Universidad de Mérida de Fernández Peña estaban conformados por 26 capítulos con 228 artículos que comprendían las siguientes materias: Juntas Generales o Claustro Pleno; Juntas o Claustro de Catedráticos; Junta de los Miembros de cada Facultad; Rector; Vicerrector; Matrículas; Cursantes; Cátedras de la Universidad y tiempo de su lectura; Certámenes Públicos y semanales; Exámenes, Premios y Vacaciones; Grados; Requisitos necesarios para obtener grados; Contribuciones de los graduandos en bachiller, licenciado, maestro o doctor; Incorporación de Grados; Oposiciones a Grados; Catedráticos; Sustitutos; Secretario, Archivo y Sello; Precedencias y Ceremonias; Maestro de Ceremonias; Bedeles; Fiestas; Entierros y Honras; Rentas y Gastos de la Universidad; Administrador; Derechos que se pagan en la Universidad.
Como señalamos, el contenido de estos Estatutos fue modificado por la comisión integrada por los universitarios de la UCV, Carlos Arvelo, José Cecilio Ávila y Felipe Fermín Paúl, comprendiendo finalmente 32 Capítulos y 221 artículos, dando una distribución distinta a las materias, añadiendo capítulos y eliminando algunos artículos. Comenzaba así a funcionar la institución con dos Cátedras de Gramática Latina (una de Mínimos y Menores y otra de Mayores y Elocuencia), una de Filosofía, una de Jurisprudencia Civil, una de Derecho Canónico y tres de Teología; a las que se irían agregando otras con el transcurrir del tiempo. Antes de la aprobación definitiva de los primeros Estatutos de la Universidad de Mérida, en 1834 tuvo lugar la elección por el Claustro Pleno de la Universidad de las nuevas autoridades, con autonomía del gobierno central, que lo fueron los doctores Sulpicio Frías (Rector), Pbro. Dr. Esteban Arias (Vicerrector) y Agustín Chipía (Secretario). Estas elecciones autónomas perdurarán hasta 1884, cuando Antonio Guzmán Blanco elimina esta facultad universitaria, hecho que se prolongaría hasta 1958. A partir de este año se dio inicio a la era democrática, con la caída de la dictadura de Marcos Pérez Jiménez y la designación como Rector del Dr. Pedro Rincón Gutiérrez. Por cierto, entonces, el Consejo Académica de la ULA decretó y ratificó, el 17 de septiembre de 1958, que la Universidad de Los Andes había sido fundada el 21 de septiembre de 1810. (Sobre el restablecimiento de la Universidad de Mérida véase Eloi Chalbaud Cardona: Ibid., Tomo III (1970), pp.52-60 y 95-149; y Pedro María Molina: Márquez: Los primeros estatutos de la Universidad de Mérida (1832). Mérida, Universidad de Los Andes/ Secretaria, 2002).
Mérida, 20 de septiembre de 2025
(*) Coordinador de la Cátedra Libre de Historia de la Universidad de Los Andes. Premio Nacional de Historia Francisco González Guinán (1989). Premio Nacional de Historia (2019). Premio nacional de Cultura (2024).