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La OFAC amplió las operaciones autorizadas sobre petróleo e inversiones en Venezuela

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Foto: Departamento del Tesoro de EE UU.


Las licencias 46E, 48D y 49B contemplan actividades relacionadas con la comercialización de crudo, el suministro de bienes y servicios y la negociación de contratos para nuevas inversiones.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos anunció este lunes 28 de septiembre tres nuevas licencias generales que amplían las operaciones autorizadas relacionadas con el petróleo venezolano, el suministro de bienes y servicios para sectores estratégicos y la negociación de contratos para nuevas inversiones en Venezuela.

De acuerdo con la página web de la OFAC, se trata de las licencias 46E, 48D y 49B, que sustituyen a versiones anteriores de estas autorizaciones y establecen condiciones y restricciones para determinadas operaciones y contrapartes.

Sobre las licencias 46E, 48D y 49B

La licencia 46E autoriza determinadas operaciones relacionadas con el levantamiento, exportación, reexportación, venta, reventa, suministro, almacenamiento, comercialización, compra, entrega y transporte de petróleo de origen venezolano y productos petroquímicos para su importación a Estados Unidos.

La licencia 48D autoriza el suministro desde Estados Unidos o por parte de personas estadounidenses de bienes, tecnología, software y servicios necesarios para la exploración, desarrollo o producción de petróleo, gas y productos petroquímicos en Venezuela, así como para determinadas operaciones del sector eléctrico.

Por su parte, la licencia 49B autoriza la negociación y celebración de contratos contingentes para nuevas inversiones en los sectores de petróleo, gas, productos petroquímicos y electricidad. La ejecución de esos contratos queda expresamente condicionada a una autorización separada de la OFAC.

Otro anuncio reciente de la OFAC

El 14 de septiembre, la OFAC emitió la Licencia General 52C, que autoriza determinadas transacciones de entidades estadounidenses con Petróleos de Venezuela (PDVSA) y las compañías en las que la estatal venezolana tenga, directa o indirectamente, una participación de 50 % o más.

La autorización, que entró en vigor el 14 de septiembre, reemplazó en su totalidad a la Licencia General 52B, anunciada el 27 de agosto de 2026. Según el documento, la 52C autoriza determinadas transacciones con PDVSA y sus entidades que estaban prohibidas por las órdenes ejecutivas 13884 y 13850, sujetas a las condiciones y exclusiones establecidas en la licencia.

La OFAC establece condiciones para estas operaciones. Los contratos suscritos con PDVSA o sus entidades deberán disponer que cualquier procedimiento de resolución de disputas relacionado con ellos se lleve a cabo en Estados Unidos, Reino Unido, Francia o Singapur.

Además, cualquier pago monetario destinado a una persona bloqueada, con excepción de impuestos, permisos o tasas locales, deberá ser depositado en los Fondos de Depósitos de Gobiernos Extranjeros establecidos mediante la Orden Ejecutiva 14373 del 9 de enero de 2026, o en otra cuenta que indique el Departamento del Tesoro.

La licencia también permite determinadas transacciones con el gobierno de Venezuela que sean necesarias para ejecutar las actividades autorizadas, bajo las mismas condiciones respecto de los pagos a personas bloqueadas.

Asimismo, habilita las operaciones que sean ordinariamente necesarias para la firma y ejecución de contratos y otros documentos por parte de individuos bloqueados por las regulaciones de sanciones a Venezuela, siempre que actúen exclusivamente en su calidad oficial como funcionarios, empleados o representantes autorizados de PDVSA o de sus entidades.

Con información de El Diario





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