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TSJ avaló prórroga de 60 días del Estado de Emergencia Económica en Venezuela

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TSJ | Foto: EFE


La medida extiende el régimen de excepción económica vigente en el país.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró la constitucionalidad de la prórroga por 60 días del Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, mediante una sentencia publicada el viernes 9 de octubre de 2026.

La decisión, identificada con el número 1033 y correspondiente al expediente 26-0987, avala el Decreto N.º 5.443, firmado el 8 de octubre por la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, que extiende la vigencia del Decreto N.º 5.414, mediante el cual se declaró la emergencia económica el pasado 8 de agosto.

TSJ avaló prórroga de 60 días del Estado de Emergencia Económica en Venezuela

En el fallo, la Sala Constitucional señala que la prórroga se realiza «de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico». Asimismo, ordena publicar la decisión en la Gaceta Oficial, la Gaceta Judicial y el sitio web del máximo tribunal.

La medida da continuidad al régimen de excepción económica que el TSJ ya había avalado en agosto, cuando declaró constitucional el decreto original mediante la sentencia N.º 824.

Estado de Emergencia Económica

El estado de emergencia económica en Venezuela se mantiene vigente desde abril de 2025 mediante una sucesión de decretos que han extendido el régimen excepcional por más de un año y medio, según un análisis de la organización Acceso a la Justicia. publicado en agosto de 2026.

La ONG advirtió que esta práctica contraviene el límite temporal establecido en el artículo 338 de la Constitución, que permite declarar la emergencia económica por un máximo de 60 días, prorrogables por un período igual, para un total de 120 días.

Sin nueva prórroga, vence el último estado de excepción por emergencia económica en Venezuela
Foto: EFE / Archivo

De acuerdo con el recuento de la organización, desde abril de 2025 las autoridades han dictado ocho decretos para mantener vigente la emergencia económica, mediante nuevas declaraciones y sucesivas renovaciones y prórrogas. Acceso a la Justicia señala que, aunque el primer decreto fue aprobado por la Asamblea Nacional y declarado constitucional por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), los instrumentos posteriores no contaron con la aprobación parlamentaria, pese a que varios fueron avalados por la Sala Constitucional.

La ONG también cuestiona que algunas medidas económicas se hayan mantenido después del vencimiento de los decretos que les servían de fundamento. El instrumento más reciente identificado en el análisis es el decreto n.º 5.414, publicado el 8 de agosto de 2026, cuya vigencia se extendía hasta comienzos de octubre de ese año.

Los decretos de emergencia económica dictados desde abril de 2025 mantienen prácticamente las mismas disposiciones y otorgan al Ejecutivo nacional 10 facultades extraordinarias en materia económica, tributaria y financiera. Estas atribuciones, justificadas por el gobierno como medidas para «restablecer los equilibrios económicos» y «proteger los derechos de la población», permiten establecer regulaciones excepcionales y transitorias, así como suspender de manera general la aplicación y el cobro de tributos nacionales, estadales y municipales.

Con información de El Diario





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