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Un paso significativo hacia la modernización jurídica y la justicia social

Concejo Municipal inicia reforma de la Ordenanza de Atención a Personas con Discapacidad en Mérida

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Concejo Municipal inicia reforma de la Ordenanza de Atención a Personas con Discapacidad en Mérida


La actualización de la ordenanza de personas con discapacidad, busca alinearse con la Ley Orgánica nacional, estimando su aprobación para el segundo trimestre del 2026

La Alcaldía y el Concejo Municipal del municipio Libertador instalaron formalmente la mesa de trabajo para la reforma de la Ordenanza para la Atención de las Personas con Discapacidad.

 

El concejal Teddy Zambrano, impulsor de la iniciativa, informó que este proceso busca saldar una deuda histórica con el sector, dado que la normativa vigente data del año 2006 y no refleja los avances legales y sociales alcanzados en las últimas dos décadas.

 

El encuentro contó con la presencia y asesoría técnica de actores clave en la materia, entre ellos voceros del Consejo Estadal para la Atención de las Personas con Discapacidad (CEAPDIS), el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS) la Unidad de Atención a las Personas con Discapacidad de la Alcaldía y el Concejo Municipal.

 

"Siguiendo la orientación del presidente del Concejo Municipal, Diego Armando Romero, estamos abocados a la actualización de todos los instrumentos jurídicos locales”, acotó que esta ordenanza debe adaptarse estrictamente a la Ley Orgánica para la Inclusión, Igualdad y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad.

 

La reforma no se limitará a las oficinas técnicas; el edil merideño aseguró que la norma será sometida a una amplia consulta con los diversos movimientos sociales del estado. El objetivo es que las propuestas de los ciudadanos se conviertan en la "letra viva" del documento final.

 

Se estima que, tras el proceso de consulta y debates de cámara, la nueva ordenanza sea aprobada definitivamente durante el segundo trimestre del año 2026, contando con el respaldo pleno del alcalde de la jurisdicción para su posterior ejecución.

 

CNP 25836





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