La Universidad de Los Andes y la propuesta de autonomía universitaria del Rector Caracciolo Parra y Olmedo al Gobierno y Asamblea Nacional (1893) por Alí Enrique López Bohórquez (*)
Por Alí Enrique López Bohórquez
El tema de la autonomía universitaria adquiere una
consideración particular en Venezuela a partir del derrocamiento de la
dictadura de Marcos Pérez Jiménez en 1958, cuando se dicta la ley que la
garantizaba a las universidades públicas autonomía en materia académica,
elección de sus autoridades y escogencia de su personal docente, investigación,
administrativo y servicios. Esa autonomía sería reconocida por la Ley de Universidades de 1970,
con rango constitucional en el Artículo 109º de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela de 1999, lo que no se incluyó en la Constitución de la República de Venezuela
de 1961, que señala: “El Estado reconocerá la autonomía universitaria como
principio y jerarquía que permite a los profesores, profesoras, estudiantes,
estudiantas, egresados y egresadas de su comunicad, dedicarse a la búsqueda del
conocimiento a través de la investigación científica, humanística y
tecnológica, para beneficio espiritual y material de la Nación. Las universidades
autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración
eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos
establezca la ley. Se consagra la autonomía universitaria para planificar,
organizar, elaborar y actualizar los programas de investigación, docencia y
extensión. Se establece la inviolabilidad del recinto universitario…”
Legislación que en su conjunto establecía los deberes de la Universidad en cuatro
áreas específicas (enseñanza, investigación, extensión y administración),
muchas veces desconocida por los miembros de la comunidad universitaria y
desatendida por sus autoridades en distintos momentos por razones, mayormente,
políticas.
Así, con esas disposiciones legales de
1958, 1970 y 1999, se rescataba la facultad de las Universidades elegir a sus
autoridades que había sido suprimida por Antonio Guzmán Blanco en 1884. Ello se
venía detentando la Universidad Central
de Venezuela desde 1827, al conferirle el Libertador Simón Bolívar sus
Estatutos Republicanos, que ratificaban dicha elección por el Claustro de
Doctores. Estos estatutos fueron adaptados a la realidad de la Universidad de Mérida
en 1832-1836, incluyéndose la libertad eleccionaria, lo cual se puso en
práctica con la elección del Rector del Dr. Sulplicio Frías para el período
1834-1836. Pero sería el primer Código de Instrucción Pública de Venezuela de
1843 el que garantizara esa autonomía, no solamente en cuanto a la escogencia
interna de rectores, vicerrectores y secretarios, sino también a los
catedráticos que se encargarían de dictar las distintas asignaturas de sus
respectivos planes de estudio, lo cual sería eliminado por Guzmán cuando en una
elección de la UCV
los que resultaron electos no eran afectos a su gobierno. Ambas situaciones no
generaron, hasta donde sabemos, documento alguno que favoreciera o criticara
las características de la limitada autonomía de las instituciones de educación
superior venezolanas de entonces, antes y después de 1884, con excepción de las
consideraciones que al respecto expusiera el rector Caracciolo Parra y Olmedo
en la Memoria que rindiera al Gobierno de Joaquín
Crespo en 1893, así como en una circular dirigida a los Diputados del Estado
Los Andes que concurrían a la Asamblea
Nacional de ese mismo año.
Cumpliendo
con la exigencia que imponía el Código de Instrucción Pública de 1843, Parra y
Olmedo presentó el 1 de octubre de 1893 la Memoria
correspondiente a 1892. Además de dar cuenta de diversos aspectos académicos y
administrativos de la
Universidad de Los Andes, el rector se atrevió a formular una
serie de consideraciones sobre la necesaria autonomía universitaria, no en el
aspecto académico y eleccionario, sino en lo estrictamente económico y
administrativo. Lo primero no fue considerado en razón de que Parra había sido
partidario de los gobiernos liberales que sucedieron a la última gestión de
Guzmán Blanco, los cuales le ratificaron para tres períodos consecutivos en el
rectorado de la ULA;
mientras que lo segundo era de vital importancia para el funcionamiento de esta
institución universitaria, en razón de la situación económica durante los
gobiernos guzmancistas, por el escaso presupuesto y la privación que hizo de
viejas propiedades y rentas de la universidad andina. Por ello comenzó su
Memoria señalando que “…al frente de sus destinos hace algún tiempo, y
consagrado en absoluto a su conservación y fomento de los escasos recursos de
que podido disponer, he venido presentando ante el Supremo Gobierno Nacional el
cuadro de sus necesidades más urgentes, e indicando los medios de
satisfacerlas, con tenaz empeño, como creo yo que cumple a todos aquellos a
quienes se confía el servicio de los intereses públicos, y, especialmente, a
los que con el ramo de la instrucción, que es el pan del espíritu, están
llamados a vigilar sin descanso, y a mantener siempre vivo el fuego sagrado.”
Después
de exponer realizaciones y las más urgentes necesidades de la institución que
dirigía desde hacía seis años, Caracciolo Parra pasó a considerar, de manera
más extensa, lo que denominó “la independencia de las Universidades”. En que
lorespecta a la Universidad de Los
Andes planteó que la conveniencia era todavía mayor en razón de la distancia en
que se encontraba el asiento del Gobierno Nacional y la irregularidad de las
comunicaciones postales y telegráficas, lo cual retrasaba el conocimiento en
Caracas de las solicitudes del instituto y las respuestas oportunas a las
necesidades formuladas. A ello agregaba la estrecha sujeción a la que estaban
sometidas las universidades y el favoritismo que se daba a las más cercanas al
gobierno radicado en la ciudad capital. En tal sentido, Parra Olmedo hizo una
propuesta de avanzada, ni siquiera considerada entonces por la Universidad Central
de Venezuela, en cuanto a que se considerara que la autonomía de las
Universidades no sólo consistía “… en que el Cuerpo Académico sea el que provea
todos los destinos del Instituto; sino, lo que es más esencia, que tengan sus
rentas propias, administradas por ellas mismas, sin la intervención de un poder
extraño. Ya se ha visto en épicas no muy lejanas, que el Poder Ejecutivo ha
negado a algún Estado su parte en la distribución de la Renta propia porque ese Estado se negaba a
recibir un empleado creado por el mismo Poder Ejecutivo, y claro está que tanto
los Estados que no han sabido crearse recursos propios y cuya vida es prestada,
no pueden ser independientes; esto no sucede con las corporaciones.”
En esto último se refería a las
Universidades, y poniendo como ejemplo a un Estado, pasó a exponer el caso de la Universidad de Los
Andes, que tenía fincas y rentas“…que
aunque escasas, servían para la marcha del Instituto. En el Tomo 1° del Anuario
que ha publicado este Plantel, aparecen detalladas esas fincas, y censos que le
pertenecían, montante su valor, sin contar algunos otros ramos, a la suma de
novecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos noventa y siete bolívares. Todos
esos capitales se los apropió el Gobierno Nacional, los mandó justipreciar y
poner en subasta, rematándose por menos de su valor, valor que se le dio según
las circunstancias de la época y tan bajo que al día siguiente de las
adjudicaciones, los rematadores no querían ganar dos tantos más de la suma
porque los habían adquirido. El importe de esos remates quedó reducido a su más
mínima expresión por virtud de la ley de Crédito Público y eran los intereses
de esa suma los que se pasaban a esta Universidad para sus gastos, que no
cubrían. Más luego vino el Decreto Ejecutivo sobre Instrucción Pública, [que] retiró
el pago de esos intereses, fijó los sueldos en lo absolutamente limitado para
sueldos y premios; así se han estado pagando con algunas interrupciones, hasta
que el actual Gobierno a tiempo que eleva el sueldo del Vice-Rector, rebaja el
total del presupuesto…” El rector Parra continuó exponiendo los perjuicios que
esa situación había causado al funcionamiento del instituto y pago de los
sueldos de los catedráticos, para concluir en la necesidad de que se tomaran
las medidas pertinentes para que las rentas destinadas a la Instrucción no cayeran
bajo la acción de la Ley
de Crédito Público, y así la
Universidad de Los Andes pudiera cumplir normalmente con sus
obligaciones académicas y administrativas manejando directamente sus propias
rentas y bienes.
Con
anterioridad, en su empeño por lograr la autonomía económica universitaria,
Parra y Olmedo se había dirigido, el 12 de abril de 1893, a los Diputados del
Estado Los Andes que habían concurrido en ese año a la Asamblea Nacional,
para exponerles las penalidades por las que atravesaba la ULA, al tiempo que les
describía toda las reformas realizadas con mucho sacrificio y reclamaba su
intervención en el reconocimiento de la deuda que el Gobierno tenía contraída
con este instituto. Concluía la comunicación señalando a los Representantes la
necesidad de una autonomía universitaria, tanto académica como financiera, lo
cual no expuso de manera directa en la referida Memoria al Ministerio de
Instrucción Pública, por lo que les instaba a trabajar “…en el sentido de obtener
la libertad de las Universidades, pues esa dependencia que hasta ahora ha
tenido del Ejecutivo Nacional, es una rémora para su adelanto y prosperidad. La
provisión de sus empleados debe hacerse por el Claustro y en concurso de
opositores, pues en los planteles de enseñanza, más que en cualquier otro ramo,
debe buscarse siempre la idoneidad de los empleados; y es necesario sustraerlos
a la influencia perniciosa de la política. Debe autorizarse igualmente a todas
las Universitarias para expedir títulos de Doctor, pues de este modo se redime
a los graduados del abuso que se ha venido cometiendo con el cobro de derechos
indebidos…”
Así, con ambas representaciones al
Gobierno Nacional y a Diputados de la Asamblea Nacional,
el rector Caracciolo Parra y Olmedo se adelantaba en el tiempo a algunos de los
postulados en materia de autonomía universitaria que veinticinco años después
se expondrían en las Reformas de Córdoba de 1918, las cuales no tuvieron ningún
efecto en las universidades venezolanas, en razón de la férrea dictadura de
Juan Vicente Gómez, no existiendo tampoco interés sobre su discusión en los
institutos de educación superior de Caracas y Mérida, como lo hemos demostrado
en nuestro estudio “Ausencia de las Reformas de Córdoba en las Universidades de
Venezuela (1918-1935)” (Educere. La Revista Venezolana
de Educación, 41 (Mérida, abril-junio de 2008), pp. 337-350.) Para abogar
por la libertad de las universidades, aquella autoridad con mucha perseverancia
dio a conocer a distintas instancias del gobierno regional y nacional, a otras
instituciones de educación de América y Europa, y a distinguidas personalidades
nacionales e internacionales los cambios que durante más de una década había
llevado adelante con los escasos recursos que le suministraba el Poder
Ejecutivo y los que él mismo había invertido, como señalamos en otras crónicas,
de su propio patrimonio económico. Las reformas académicas introducidas por el
doctor Caracciolo Parra y Olmedo, si bien no tuvieron efectos inmediatos,
sentaron las bases para los futuros estudios de las ciencias naturales que
tendrían lugar en las tres primeras décadas del siglo XX en las áreas de
medicina,farmacia, agrimensura, física
y dentistería. En cuanto a la anhelada libertad de las universidades, permítasenos
concluir con lo que al respecto dijo su más destacado biógrafo Eloi Chalbaud
Cardona: “Más de sesenta años hubieron de transcurrir para que la autonomía
universitaria fuese lograda en Venezuela, aunque sin la amplitud con que lo
deseó y con tanto ahínco trabajó el Rector Parra.” El rector de la Universidad de Los
Andes entre 1887 y 1900; el rector
heroico, el rector de la angustia,
como lo calificó Eloi Chalbaud Cardona en El
Rector Heroico.
Concluimos esta crónica señalando que
cuando hemos hablado de esas propuestas de autonomía administrativa y académica
del Rector Parra y Olmedo, ello causa sorpresa entre los colegas que informamos
al respecto, a pesar de que sus ideas están incluidas en las mencionadas Memorias rectorales fueron publicadas
por Eloi Chalbaud Cardona en su biografía El
Rector Heroico (1965) y en Historia
de la Universidad
de Los Andes (1975). Un desconocimiento atribuimos al desinterés que ha
existido por la historia de la ULA
tanto del pasado como del presente, así como de la incomprensión de la
intrínseca relación entre esos dos tiempos históricos y la explicación de la
misma para advertir que la actual situación de la Universidad de Los
Andes es consecuencia, también, de lo acontecido en la institución en los
siglos XIX y XX. Hechos que indudablemente deben ser considerados para la
futura e inminente transformación académica, administrativa y moral de la
universidad fundada hace 215 años, y no antes. Desprenderse de ese falso cordón
umbilical eclesiástico, tan vociferado desde 1983 por notable incidencia de la Iglesia de Mérida, es una
tarea impostergable de quienes deberán asumir la conducción de la ULA en el futuro inmediato,
para romper con los viejos vicios del autoritarismo, el personalismo,
desconocimiento de la legislación Universitaria e imposición de intereses
políticos subalternos, ajenos a esta institución, cuyos objetivos legalmente
estatuidos son la enseñanza, la investigación y la extensión, esto ultimo como
proyección de los conocimientos en la solución de los más ingentes problemas de
la sociedady de la merideña en
particular, para lo cual les fue otorgada su autonomía por las Leyes de
Universidades de 1958, 1970 y la Constitución de 1999 con el propósito también de
contribuir al desarrollo de la nación.
Para conocer y ampliar conocimientos
sobre lo expuesto remitimos a los siguientes trabajos: Graciela Soriano de
García Pelayo: Sobre la Autonomía
Universitaria.Caracas, Universidad Central de Venezuela /
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, 2005 y Alí Enrique López Bohórquez:
“Ausencia de las Reformas de Córdoba en las Universidades de Venezuela
(1918-1935)”, Educere. La Revista Venezolana
de Educación, 41 (Mérida, abril-junio de 2008), pp. 337-350. En cuanto a
los documentos citados: “Memoria que el Rector de la Universidad de Los
Andes dirige al Supremo Gobierno” (Mérida, 1 de octubre de 1893) en Anuario de la Universidad de Los Andes.
Mérida, 1893,Tomo 3, pp. 1-5; y
“Memoria dirigida por el Rector de la Universidad de Los Andes al Ministro de Instrucción
Pública” (Mérida, 1 de octubre de 1893) en Eloi Chalbaud Cardona: Historia de la Universidad de Los
Andes. Mérida, Universidad de Los Andes, 1975,Tomo VII, pp. 320-526; "Fragmentos de la circular dirigida
por el Rector Parra a los Diputados del Estado Los Andes que concurrieron a la Asamblea Nacional
en 1893”
en Eloi Chalbaud Cardona: El Rector
Heroico. Mérida, Universidad de Los Andes, 1965, p. 274.
(*) Coordinador de la Cátedra Libre de Historia de la Universidad de Los
Andes. Doctor en Historia. Profesor Jubilado Activo de la Escuela de Historia de la Universidad de Los
Andes. Premio Nacional de Historia “Francisco González Guinán” (1989). Premio
Nacional de Historia (2019). Premio Nacional de Cultura (2024).